La Administración Tributaria Municipal.

La administración tributaria municipal es el órgano de la municipalidad encargado de gestionar la reducación de tributos municipales.

Para cumplir con tal fin, la Ley reconocer la exclusiva para la administración de sus tasas y contribuciones; y en forma excepcional la administración de los impuestos que les sean asignados por la ley de Tributación Municipal (Base legal artículo 52° del TUO del código tributario).

Lo gobiernos locales podrán aplicar las facultades, que forman exclusiva, solo pueden ser ejercidas por las administraciones tributarias. Estas facultades son las de: recaudación, determinación y fiscalización.

Impuesto Predial.

Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente, este tributo es de periodicidad anual y grava en valor de los predios urbanos y rústicos. Para efecto del impuesto se considera predios a los terrenos; así como a las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que contribuyan partes integrantes de dichos predios, en base a su autovaluo.

El autovaluo se obtiene aplicando los Aranceles y Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones que aprueban el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La recaudación, administración y fiscalización del impuesto predial corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el predio.

¿Como se calcula el impuesto predial?

El impuesto se calcula aplicando sobre la base imponible la escala progresiva acumulativa siguiente:

¿Cuando de debe presentar la declaración jurada?

Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prórroga.

Si compro o adquirió un inmueble el plazo máximo para declarar (inscripción), es hasta último día hábil de febrero del año siguiente al que compro el inmueble.

Si vendió o transfirió un inmueble, el plazo para declarar la venta del inmueble (descargo), es hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.

Si realizo una construcción o demolición (modificación) en el predio que aumenta o disminuya su valor en SUIT.

¿Qué sucede si no cumple con la declaración jurada?

Si no presentan su declaración jurada dentro del plazo establecido, será posible de la imposición de una multa tributaria.

Impuesto de Alcabala.

Tributo que grava la trasferencia de propiedad de los inmuebles a título oneroso o gratuito, es de cargo del adquiriente y deberá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia.

¿Qué es la fiscalización tributaria?

Es la verificación de la información presentada por el contribuyente en su declaración jurada sobre material, características, estado de conservación, usos y áreas de construcción del predio declarado para el pago de impuesto..

La fiscalización tributaria referida al impuesto predial, permitirá identificar a los contribuyentes que no cumplieron u omitieron con informar de sus predios de modo que afectaron la determinación del impuesto a pagar.

¿Que es la base imponible?

La base imponible para determinación del impuesto está constituida por el valor total de los predios del contribuyente, ubicados en cada jurisdicción distrital. Ello significa el valor del terreno, valor de la edificación comprendiendo las instalaciones fijas y permanentes.

Alternativa De Pago Del Impuesto.

El impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas:

Al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año.

En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales.